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viernes, 01 de mayo de 2015cermi.es semanal Nº 165

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Opinión

El artículo 681 del Código Civil: un anacronismo

Por Nuria del Saz, periodista

27/04/2015

Nuria del Saz, periodistaSer testigo en un testamento. Nunca me lo había planteado, pero por qué no. Si me lo pidiera algún allegado, iría al notario y descubriría, oh, mísera de mí, que no podría ejercer como tal porque... porque soy ciega. Como lo leen.
 
El artículo 681 del Código Civil español dice que "no podrán ser testigos en los testamentos", entre otros, "los ciegos y los totalmente sordos o mudos", así como "los que no estén en su sano juicio". Lo del sano juicio me parece demencial, por cierto.
 
¿Esto no es discriminatorio? Claramente sí, por eso el CERMI ha pedido al Ministerio de Justicia que reforme dicho artículo para suprimir cualquier tipo de discriminación por razón de discapacidad en la actuación de testigos en el otorgamiento de testamentos.
 
El CERMI asegura que este artículo colisiona con los mandatos de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de la ONU, la cual nuestro país firmó y ratificó.
 
He sufrido en carne propia las sinrazones de algunas leyes. Sin ir más lejos cuando compré mi vivienda. Acudí a la cita con el nerviosismo propio de quien da un paso importante en su vida. Oí al señor notario leer páginas y páginas en un lenguaje críptico y poco comprensible para mí y en el momento de la firma, ¡horror! El señor notario me informa de que no puedo proceder a la firma, puesto que yo soy ciega y necesitaba de la concurrencia de una tercera persona que me conociera pero no tuviera lazos de sangre conmigo y que atestiguara que yo estaba capacitada para la operación.
 
Pero pero pero...
 
¿Y mi mayoría de edad? ¿Y mis estudios superiores? ¡Oiga, que estoy trabajando desde los diecisiete años!
 
¿Acaso no tengo derecho al voto?
 
¿Por ser ciega no podía firmar sin más mi hipoteca, encima, mi hipoteca?
 
Figúrense el contratiempo. Las partes implicadas en la sala, alrededor de la mesa y yo sin poder firmar porque era ciega. Era la primera vez que algo semejante me ocurría. Cierto que era también la primera vez que iba al notario.
 
Me acompañaban dos familiares, pero precisamente por sus lazos de parentesco no podían actuar como testigos.
 
Me sentía como atada de pies y manos. Humillada. Pero como soy de natural práctico, poco dada a la auto conmiseración, busqué soluciones.
 
De pronto, recordé en un flash que, justo al entrar en la notaría, me habían saludado unos conocidos. La mujer había estado a punto de ser mi consuegra años atrás. Pero apenas habíamos tenido trato en el pasado. Ellos habían entrado en otra sala para la firma de algún contrato.
 
Venciendo mi pudor, interrumpí el acto notarial que estaba teniendo lugar en la habitación contigua, expuse mi situación y la buena señora, abandonó su puesto en la mesa y tuvo a bien acompañarme a mi sala para manifestar que me conocía y que daba fe de mi buen juicio y facultad para poder firmar la compra de mi propia vivienda, vamos, a firmar el préstamo hipotecario.
 
Penosa la situación. Un ejemplo más de cómo la ley nos trata como menores de edad.
 
Queda mucho por hacer, por luchar y cambiar en el ámbito de la discapacidad. Sobran intenciones. Falta voluntad.
 
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